De acuerdo a la ley de establecimientos mercantiles, los titulares de los estacionamientos públicos tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil que garantice a los usuarios el pago de los años que pudiera sufrir en su persona, vehículo o en la de terceros.
¿Qué puedo hacer sí el establecimiento no tiene este seguro?
En caso de que el establecimiento no cuente con esta obligación del seguro, te recomendamos realizar cualquiera de las siguientes acciones para poder solucionar este inconveniente.
- La opción mas practica para solucionar este problema en el menor tiempo posible es ocupar el seguro del mismo auto y que el ajustador realice la negociación con el establecimiento para solventar el pago de los daños causados.
- En caso de no llegar a ningún acuerdo económico se puede contactar directo a CONDUSEF y presentar la denuncia correspondiente para obligarlos a asumir su responsabilidad.
De cualquier forma, sí llegaras a presentar este inconveniente te sugerimos que nos contactes para poder asesorarte, dar el seguimiento oportuno y solucionarlo junto con la aseguradora. Recuerda que una póliza de seguro es un contrato que se esta obligado a cumplir por ambas partes , así que haz valer ese derecho.
¿La info fue útil?
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